Información Participación Ciudadana

Reglamento de normalización Lingüística del Ayuntamiento de Paiporta

Artículo 133 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos.

En conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, y con carácter previo a la elaboración del proyecto de la norma, tiene que llevarse a efecto una consulta pública a través de la página web municipal, recaudando la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

En cumplimiento del anterior se somete a consulta pública previa la elaboración del proyecto de Reglamento municipal normalización lingüística del Ayuntamiento de Paiporta, con las características que se detallan a continuación.

Plazo: durante 10 días hábiles. Desde el día 26 de noviembre al 10 de diciembre de 2020, los dos inclusivamente.

Forma de participación: a través de la dirección electrónica: participación@paiporta.es / Portal de Participación ciudadana (participa.paiporta.es), haciendo constar en el asunto:
“Consulta previa proyecto de Reglamento municipal normalización lingüística del Ayuntamiento de Paiporta”.

Se podrán presentar opiniones y sugerencias sobre los puntos relacionados en el precitado artículo 133 LPAC.

A fin de facilitar la participación en la consulta pública, se facilita la siguiente información sobre el proyecto normativo:

Antecedentes de la norma
No existe ningún reglamento anterior que regulo el Reglamento municipal de normalización lingüística del Ayuntamiento de Paiporta, al ser de nueva creación.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
1. Contribuir al reconocimiento de la lengua en base a la Ley de uso y enseñanza del valenciano.
2. Mejorar la promoción y el uso del valenciano en el municipio y en la administración local.

Necesidad y oportunidad de su aprobación
Corresponde la aprobación del reglamento para aplicar la normativa de la lengua según la Ley de uso y enseñanza del valenciano.

Objetivos de la publicación
1. Que las diferentes entidades del municipio puedan hacer aportaciones, propuestas, sugerencias y solicitudes para mejorar la promoción y el uso del valenciano en función de las necesidades reales que tiene el municipio de Paiporta.

Objetivos de la norma
Los antes mencionados en los puntos “Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma” y “Necesidad y oportunidad de su aprobación”.

Posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
Las ordenanzas y reglamentos locales son las manifestaciones de la potestad normativa o reglamentaria de las Entidades locales. Se trata, pues, de la única opción reguladora de la cual dispone el Ayuntamiento para el desarrollo normativo de la materia de referencia..

Se podrá consultar el borrador del texto del reglamento que se pretende aprobar y documentación correspondiente en Agencia de Promoción del Valenciano-AVIVA (Ayuntamiento, planta 1.ª), que es el departamento municipal promotor del expediente.

Este proceso de consulta pública no excluye el determinado por la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local (artículo 45) para la presentación de alegaciones y sugerencias después de la aprobación inicial por el Ayuntamiento Pleno.